El pasado 19 de junio se publicaba en el DOG nº 115 la Orden de 31 de mayo de 2019 por la que convoca proceso selectivo para el acceso e ingreso en los cuerpos de la policía local de Galicia, escala básica, categoría de policía, turnos de acceso libre y concurso; cuyo objeto es cubrir 132 plazas de los cuerpos de policía local, categoría de policía, turno de oposición libre, y 26 plazas por turno de concurso para movilidad, subgrupo C1.
En el Anexo II de la convocatoria pueden consultarse el número de plazas por ayuntamiento.
Requisitos de los aspirantes
Las personas interesadas en participar en el turno de oposición libre, deberán poseer en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:
Nacionalidad española.
Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
Tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres.
Estar en posesión del título de bachiller o técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales.
Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B.
No haber sido condenado/a por delito doloso ni separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona fue separada o inhabilitada. Será aplicable, sin embargo, el beneficio de la rehabilitación conforme a las normas penitenciarias y administrativas, que el/la aspirante deberá acreditar mediante el correspondiente documento oficial.
Compromiso por escrito de portar armas durante el servicio y, en su caso, llegar a utilizarlas en los casos y circunstancias legalmente establecidas.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias de los cuerpos de la policía local.
Forma y plazo de presentación
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), procedimiento PR461B. Opcionalmente se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Puesto que la convocatoria ha sido publicada hoy en el BOE (Resolución de 19 de junio de 2019, de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, referente a la convocatoria de plazas de Policía Local de distintos Ayuntamientos); el plazo abre mañana, día 27 de junio de 2019 y permanecerá abierto hasta el 24 de julio de 2019.
Como requisito necesario para participar en este proceso selectivo se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen una tasa por importe de 31,69 euros. Estarán exentos del pago de esta tasa las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa a las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general y a las personas que figuren como demandantes de empleo desde, al menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.
Proceso selectivo en el turno de oposición libre
El procedimiento de selección será el de oposición por turno libre y constará de cinco ejercicios, eliminatorios cada uno de ellos.
Primer ejercicio: prueba de evaluación de los conocimientos. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas cada una, en un tiempo máximo de dos horas. La prueba será calificada por el tribunal de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que cada 3 respuestas erróneas se descuenta una correcta.
Segundo ejercicio: prueba de evaluación del conocimiento de la lengua gallega. Consistirá en la traducción de un texto del castellano al gallego y de otro texto del gallego al castellano. El ejercicio tendrá una duración máxima de 1 hora y se valorará como apto/a o no apto/a. Los aspirantes que estuvieran en posesión del CELGA 4 o el equivalente debidamente homologado estarán exentos de la realización de esta prueba.
Tercer ejercicio: pruebas de aptitud física. Las personas aspirantes entregarán al tribunal un certificado médico oficial expedido dentro de los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de realización de la primera prueba de aptitud física. Los ejercicios se realizarán por el orden en el que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente:
Prueba de velocidad: carrera de 50 metros lisos.
Hombres: 7.40”.
Mujeres: 8.20”.
Prueba de potencia de tren superior:
Hombres: flexiones de brazos (mínimo exigible 10 flexiones).
Mujeres: suspensión en barra (tiempo mínimo exigido de 52 segundos).
Prueba de potencia de tren inferior: salto horizontal.
Hombres: 210 cm.
Mujeres: 185 cm.
Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos.
Hombres: 3’30”.
Mujeres: 4’10”.
Prueba de natación: 25 metros estilo libre.
Hombres: 24”.
Mujeres: 28”.
Cuarto ejercicio: pruebas psicotécnicas. Estas pruebas están dirigidas a determinar las actitudes y aptitudes personales de los/las aspirantes y su adecuación a las funciones policiales que deberán desempeñar, comprobando que presentan un perfil psicológico adecuado. Tendrán que efectuarse y valorarse por personal especialista y se calificarán como apto/a o no apto/a.
Prueba de inteligencia. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas.
Pruebas de personalidad. Se orientarán a la evaluación de los rasgos de personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de las personas aspirantes.
Quinto ejercicio: reconocimiento médico. El reconocimiento médico será efectuado por personal facultativo especialista y su fin es garantizar que las personas aspirantes estén en condiciones idóneas para el ejercicio de las funciones policiales propias del puesto de trabajo. Se calificará como apto/a o no apto/a.